23.01.2013 - 23:06
Preámbulo
El pueblo de Cataluña, a lo largo de su historia, ha manifestado democráticamente la voluntad de autogobernarse, con el objetivo de mejorar el progreso, el bienestar y la igualdad de oportunidades de toda la ciudadanía, y para reforzar la cultura propia y su identidad colectiva.
El autogobierno de Cataluña se fundamenta también en los derechos históricos del pueblo catalán, en sus instituciones seculares y en la tradición jurídica catalana. El parlamentarismo catalán tiene sus fundamentos en la Edad Media, con las asambleas de Pau i Treva (Paz y Tregua) y de la Corte Comtal (Corte Condal).
En el siglo XIV se crea la Diputació del General o Generalitat, que fue adquiriendo más autonomía hasta actuar, durante los siglos XVI y XVII, como gobierno del Principat de Catalunya. La caída de Barcelona en 1714, a raíz de la Guerra de Sucesión, comportó que Felipe V aboliera con el Decret de Nova Planta, el derecho público catalán, y las instituciones de autogobierno.
Este itinerario histórico estuvo compartido con otros territorios, hecho que ha configurado un espacio común lingüístico, cultural, social y económico, con vocación de reforzarlo y promoverlo desde el reconocimiento mutuo.
Durante todo el siglo XX la voluntad de autogobernarse de las catalanas y los catalanes ha sido una constante. La creación de la Mancomunitat de Catalunya en 1914 supuso un primer paso en la recuperación del autogobierno, que fue abolido por la dictadura de Primo de Rivera. Con la proclamación de la Segunda República española se constituyó un gobierno catalán en 1931 con el nombre de Generalitat de Catalunya, que se dotó de un Estatut d’Autonomia.
La Generalitat fue abolida de nuevo en 1939 por el general Franco, que instauró un régimen dictatorial hasta el 1975. La dictadura contó con una resistencia activa del pueblo y el Gobierno de Cataluña. Uno de los hitos de la lucha para la libertad es la creación de la Assemblea de Catalunya en 1971, previa a la recuperación de la Generalitat, con carácter provisional, con el retorno en 1977 de su presidente en el exilio. En la transición democrática, y en el contexto del nuevo sistema autonomista definido por la Constitución española de 1978, el pueblo de Cataluña aprobó mediante un referéndum el Estatut d’Autonomia de Catalunya en 1979, y celebró las primeras elecciones al Parlament de Catalunya en 1980.
En los últimos años, en la vía de la profundización democrática, una mayoría de las fuerzas políticas y sociales catalanas han impulsado medidas de transformación del marco político y jurídico. Las más recientes, concretadas en el proceso de reforma del Estatut d’Autonomia iniciado por el Parlament en 2005. Las dificultades y negativas por parte de las instituciones del Estado español, entre las cuales hay que destacar la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, comportan una negativa radical a la evolución democrática de las voluntades colectivas del pueblo catalán dentro del Estado español y crea las bases para una involución en el autogobierno, que hoy se expresa con total claridad en los aspectos políticos, competenciales, financieros, sociales y lingüísticos.
De diferentes formas, el pueblo de Cataluña ha expresado la voluntad de superar la actual situación de bloqueo en el seno del Estado español. Las manifestaciones masivas del 10 de julio de 2010 bajo el lema Som una nació, nosaltres decidim y la del 11 de septiembre de 2012 bajo el lema Catalunya nou estat d’ Europa son expresión del rechazo de la ciudadanía contra la falta de respeto a las decisiones del pueblo de Cataluña
Con fecha 27 de septiembre de 2012, mediante la resolución 742/IX, el Parlament de Catalunya, reunido en la primera sesión de la X legislatura, y en representación de la voluntad de la ciudadanía de Cataluña expresada democráticamente en las últimas elecciones, formula lo siguiente:
Declaración de soberanía y el derecho a decidir del pueblo de Cataluña
De acuerdo con la voluntad mayoritaria expresada democráticamente por parte del pueblo de Cataluña, el Parlament de Catalunya acuerda iniciar el proceso para hacer efectivo el ejercicio del derecho a decidir para que los ciudadanos y las ciudadanas de Cataluña puedan decidir su futuro político colectivo, de acuerdo con los principios siguientes:
-Soberanía. El pueblo de Cataluña tiene, por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano.
-Legitimidad democrática. El proceso del ejercicio del derecho a decidir será escrupulosamente democrático, garantizando especialmente la pluralidad de opciones y el respeto a todas ellas, a través de la deliberación y el diálogo en el seno de la sociedad catalana, con el objetivo de que el pronunciamiento que resulte sea la expresión mayoritaria de la voluntad popular, que será el garante fundamental del derecho a decidir.
-Transparencia. Se facilitarán todas las herramientas necesarias para que el conjunto de la población y la sociedad civil catalana tenga toda la información y el conocimiento preciso para el ejercicio del derecho a decidir y se promueva su participación en el proceso.
-Diálogo. Se dialogará y se negociará con el Estado español, las instituciones europeas y el conjunto de la comunidad internacional.
-Cohesión social. Se garantizará la cohesión social y territorial del país y la voluntad expresada en múltiples ocasiones por la sociedad catalana de mantener Cataluña como un solo pueblo.
-Europeísmo. Se defenderán y promoverán los principios fundacionales de la UE, particularmente los derechos fundamentales de los ciudadanos, la democracia, el compromiso con el Estado de bienestar, la solidaridad entre los diferentes pueblos de Europa y la apuesta por el progreso económico, social y cultural.
-Legalidad. Se utilizarán todos los marcos legales existentes para hacer efectivo el fortalecimiento y el ejercicio del derecho a decidir.
-Papel principal del Parlament. El Parlament en tanto que la institución que representa al pueblo de Cataluña tiene un papel principal en este proceso y por tanto se habrán de acordar y concretar los mecanismos y las dinámicas de trabajo que garanticen este principio.
-Participación. El Parlament de Catalunya y el Gobierno de la Generalitat han de hacer partícipes activos a todo este proceso el mundo local, y el máximo de fuerzas políticas, agentes económicos y sociales, y entidades culturales y cívicas de nuestro país, y concretar mecanismos que garanticen este principio.
El Parlament de Catalunya alienta al conjunto de ciudadanos y ciudadanas a ser activos y protagonistas en este proceso democrático del ejercicio del derecho a decidir del pueblo de Cataluña.